El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de los Estados Unidos estima que alrededor del 3 por ciento de los contribuyentes elegibles en los EE. UU. no presentan declaraciones de impuestos. Esta cantidad equivale a aproximadamente 14 millones de contribuyentes que deben más de $130 mil millones al gobierno de los Estados Unidos.
Cuando se produce esta falta de pago, el IRS tiene el derecho, según la ley federal, de emitir un embargo fiscal a aquellos que adeuden impuestos atrasados. Las leyes fiscales pueden ser complejas y siempre cambiantes.
Aquí tienes un desglose de las reglas de embargo fiscal del IRS para 2025 que necesitas conocer. Aprende todo lo que puedas sobre los embargos fiscales y cómo lidiar con ellos.
¿Qué es un Embargo Fiscal?
Un embargo fiscal es la incautación de cualquiera de tus activos para satisfacer impuestos atrasados que puedas deber. El IRS puede embargar cuentas bancarias, pagos de seguridad social y bienes raíces.
El IRS puede embargar activos que tengas bajo tu control directo. También pueden embargar aquellas tenencias que tengas en un tercero, como un corredor de inversiones o un banco.
El gobierno también puede imponer un embargo salarial del IRS en tus cheques de pago. Esto significa que tu empleador será instruido a retener un porcentaje de tus salarios hasta que tu deuda fiscal atrasada esté saldada.
La buena noticia es que los embargos salariales del IRS no afectarán tu puntaje de crédito en general.
A veces las personas confunden los términos embargo fiscal y gravamen fiscal. Un gravamen fiscal es cuando el gobierno hace un reclamo de que debes impuestos atrasados. Los gravámenes fiscales suelen ser el último esfuerzo para obligar a empresas o individuos a pagar sus impuestos atrasados.
Un embargo fiscal es la remoción física de fondos o propiedades de tu posesión. El IRS puede llevarse tu vehículo, casa u otros bienes personales. La ley les permite vender estos artículos para saldar tu deuda fiscal.
Reglas y Proceso de Embargo Fiscal del IRS
Si debes dinero al IRS, te enviarán varias cartas antes de imponer un embargo. Si aún no has pagado, la última carta que te enviarán se llama Aviso Final de Intento de Embargo y Aviso de Tu Derecho a Audiencia.
En este punto, es sabio comunicarte directamente con el IRS para comenzar una conversación sobre lo que debes. Si estás de acuerdo con este Aviso Final de Intención, deberías pagar la cantidad total para la fecha de vencimiento indicada. Si no puedes pagar esta cantidad que es debida, puedes solicitar un acuerdo de pago en línea.
Acuerdo de Pago en Cuotas
Un acuerdo de pago en cuotas te permite saldar tus impuestos incrementalmente a lo largo de un período de tiempo. El IRS aplicará una tarifa de configuración para acuerdos de pago en cuotas que superen los 180 días.
Oferta en Compromiso
Otro proceso para el que puedes ser elegible se llama Oferta en Compromiso. Una Oferta en Compromiso permite a personas calificadas negociar su deuda fiscal impaga por un monto menor al total adeudado.
El IRS puede aceptar tu Oferta en Compromiso si se aplica alguno de los siguientes factores:
- tu deuda fiscal no está calculada correctamente
- no tienes suficientes ingresos o activos para pagar la cantidad adeudada
- otras circunstancias excepcionales que te generarían dificultades económicas si pagas la cantidad total.
Al solicitar una Oferta en Compromiso, harás un pago inicial y pagarás una tarifa de solicitud. Los contribuyentes con bajos ingresos pueden calificar para una exención tanto del pago inicial como de la tarifa de solicitud.
Antes de que el IRS considere tu solicitud, debes presentar todas las declaraciones de impuestos que estés obligado a hacer. Calcula tu estimación de pago de impuestos para el año fiscal actual y realiza cualquier depósito para el trimestre más reciente.
El IRS no revisará tu solicitud si estás siendo auditado o si estás declarándote en quiebra. Consulta el Precalificador de Oferta en Compromiso en línea para ver si este proceso es la mejor opción para ayudar a resolver la deuda fiscal pendiente.
Períodos de Recaudación Permitidos por la Ley
La ley existente establece que el IRS puede intentar cobrar impuestos impagos durante 10 años a partir del día en que se evaluaron por primera vez. Puede haber algunas instancias en las que este tiempo se pueda detener. Estas instancias pueden incluir:
- Residencia en el extranjero: Si vives continuamente fuera de los Estados Unidos durante 6 meses, la recaudación se pospone mientras estés fuera de los territorios de EE. UU.
- Solicitud de una Oferta en Compromiso o Acuerdo de Pago en Cuotas: Si estás en proceso de solicitar cualquiera de estas vías, las recaudaciones se suspenden mientras el IRS revisa tu solicitud.
Si tu solicitud para alguno de estos procesos es rechazada, la recaudación se suspende por otros 30 días.
- Quiebra: Si estás en un proceso de quiebra con una suspensión automática, el IRS detendrá sus intentos de recaudación. Estos intentos se detendrán por otros seis meses.
- Audiencia del Proceso de Recaudación Debida: Una audiencia del proceso de recaudación debida (o audiencia CPD) es cuando compareces ante un funcionario imparcial para impugnar cualquier gravamen o embargo que el IRS pretenda presentar en tu contra.
Si estás en medio de un proceso de audiencia CPD, las recaudaciones se pospondrán hasta que recibas un Aviso de Determinación de tu audiencia CPD.
- Alivio del Cónyuge Inocente: Las recaudaciones se pospondrán si tu audiencia CPD determina que calificas para el alivio del cónyuge inocente. La actividad de recaudación se detendrá hasta 90 días después de que se emita esta decisión.
Si apelas esta decisión, tus recaudaciones podrían ser pospuestas por otros 120 días una vez que se agoten todas las apelaciones.
Próximos Pasos
Si recibiste un aviso de un embargo fiscal inminente del IRS, debes comunicarte con el IRS ahora mismo. Si tienes la cantidad adecuada de flujo de efectivo, un plan de pagos en cuotas a lo largo del tiempo podría ser adecuado para ti. Dirígete al sitio web del IRS para ver si una Oferta en Compromiso es más adecuada para ti.
Si te encuentras en el extremo receptor de un embargo fiscal del IRS, llámanos. Puedes obtener una consulta gratuita y sin compromiso con nosotros sobre cómo navegar por este proceso. Permítenos negociar una solución en tu nombre para que puedas volver a tu vida (y tus impuestos) a la normalidad.