Tenías algunos impuestos atrasados. Pensaste, “No es gran cosa. Puede esperar. No vendrán por mí.” Pero la deuda siguió creciendo año tras año. Llegaron las multas. Y los intereses. Para solucionarlo, estableciste un acuerdo de pagos a plazos. Pero luego volviste a cometer los mismos errores. Ahora te preguntas si siquiera hay posibilidad de un segundo acuerdo.
Muchos contribuyentes no entienden cómo funcionan realmente los acuerdos. Escuchan “plan de pago” y asumen que es para todos igual. Pero no funciona así. Diferentes tipos vienen con reglas diferentes. Y si ya tienes un embargo de sueldo, necesitas navegar cuidadosamente estas reglas para evitar empeorar las cosas.
Así que vamos a desglosarlo todo, paso a paso, y descubrir cómo utilizar estos acuerdos a tu favor.
Conclusiones Clave
- Por lo general, la respuesta es no. Porque el IRS prefiere un acuerdo, pero hay excepciones y soluciones diferentes.
- Una nueva deuda tributaria no desencadenará un segundo plan. Deberás modificar tu acuerdo actual para incluirla.
- Las deudas fiscales comerciales y personales pueden calificar para acuerdos separados, pero solo en casos raros.
- No actualizar tu plan puede llevar al incumplimiento, al embargo de sueldo o a gravámenes.
- Consolidar tu deuda fiscal suele ser la mejor opción.
- Existen otras opciones de alivio, como Oferta en Compromiso o Estado de Cobro No Realizable Actualmente.
¿Qué Es Exactamente un Acuerdo de Pago del IRS?
Un acuerdo de pagos del IRS es un plan de pagos formal que te permite saldar tu deuda tributaria en pagos mensuales más pequeños en lugar de todo de una vez. Sin embargo, debes tener en cuenta que estos acuerdos no eliminan tu deuda, pero te protegen de las agresivas acciones de cobro del IRS (como embargos, gravámenes o embargo de sueldo) mientras la pagas.
Tipos Comunes de Planes de Pago del IRS
Dependiendo de cuánto debes y tu situación financiera, podrías calificar para diferentes tipos de acuerdos de pagos a plazos:
Acuerdo de Pago Garantizado
Si debes $10,000 o menos (excluyendo multas e intereses), probablemente califiques para esto. No necesitas ofrecer al IRS un desglose completo de tus finanzas. Mientras acuerdes saldar tu deuda en 36 meses y te mantengas al día con los impuestos futuros, suelen aprobarlo automáticamente.
Acuerdo de Pago Simplificado
Está disponible para saldos de hasta $50,000. Al igual que el plan garantizado, no requiere una revisión financiera completa. Debes saldarlo en 72 meses (6 años), y debes aceptar pagos automáticos por débito directo si tu deuda supera los $25,000.
Acuerdo de Pago Parcial (PPIA)
Te permite hacer pagos mensuales más bajos basados en lo que realmente puedes pagar. Deberás proporcionar documentos financieros detallados, y el IRS puede revisar (y ajustar) el plan cada dos años. Puede que no salde toda la deuda antes de que expire el plazo de prescripción, lo que significa que el IRS podría no cobrar la cantidad completa.
Acuerdo de Pago no Simplificado
Si debes más de $50,000, o no puedes pagar dentro de los plazos del plan simplificado, necesitarás un acuerdo no simplificado. Esto requiere una revelación financiera completa, estados de cuenta bancarios, ingresos, gastos, todo. Es un proceso más largo, y el IRS podría querer revisar tus hábitos de gasto antes de aprobar el plan.
Tabla Comparativa de Acuerdos de Pagos a Plazos
Tipo de Acuerdo | Quién Califica | Monto Máximo de Deuda | Duración del Plazo | ¿Se Requiere Divulgación Financiera? | Notas Especiales |
---|---|---|---|---|---|
Acuerdo de Pago Garantizado | Personas que deben $10,000 o menos (excluyendo multas e intereses) | $10,000 | Hasta 36 meses | ❌ No | Debes presentar todas las declaraciones y acordar mantenerte al día; casi siempre aprobado si calificas. |
Acuerdo de Pago Simplificado | Personas con deuda total de hasta $50,000 | $50,000 | Hasta 72 meses | ❌ No (a menos que la deuda sea > $25,000, entonces se requiere débito automático) | Aprobación rápida; no se requieren detalles financieros. |
Acuerdo de Pago Parcial (PPIA) | Contribuyentes que no pueden pagar los pagos mensuales completos | Sin límite | Varía | ✅ Sí | El IRS puede revisar tu plan cada 2 años; la deuda total puede que no se pague por completo. |
Acuerdo de Pago no Simplificado | Quienes deben más de $50,000 o no pueden cumplir con los términos de otros planes | Más de $50,000 | Negociable | ✅ Sí | Se requiere una revisión detallada de ingresos, gastos y activos; lleva más tiempo procesarlo. |
¿Puedes Tener 2 Acuerdos de Pago del IRS Simultáneamente?
Normas del IRS sobre Múltiples Planes de Pago
En la mayoría de los casos, el IRS no permite a los contribuyentes tener más de un acuerdo de pagos a plazos activo al mismo tiempo. Si tienes una nueva deuda tributaria mientras ya tienes un plan de pago, el IRS no creará un segundo. En cambio, esperarán que modifiques tu acuerdo existente para incluir el nuevo saldo.
El IRS quiere un plan, un pago y no confusión.
Modificación de Tu Acuerdo de Pago Actual
El IRS no añade automáticamente una nueva deuda. Debes ponerte en contacto con el IRS para modificar tu acuerdo de pagos a plazos actual.
Si ignoras tu nueva deuda, el IRS podría verlo como un incumplimiento de tu acuerdo original, y podrían cancelarlo. Eso abre la puerta a embargos de sueldo y otras acciones de cobro. Además, la nueva deuda tributaria viene con sus propios problemas—más multas e intereses.
¿Cuándo Podría el IRS Permitir Múltiples Acuerdos? (Excepciones Especiales)
Es raro, pero hay excepciones limitadas. Por ejemplo:
1. Deuda de Negocios + Personal
Si debes impuestos sobre ingresos personales y tu empresa (como una LLC o propietario único) debe impuestos separados sobre nómina o ingresos, el IRS puede tratarlos como pasivos separados.
Técnicamente son entidades contribuyentes diferentes. Podrías calificar para un acuerdo bajo tu número de Seguro Social (SSN) y otro bajo tu Número de Identificación del Empleador (EIN).
Sin embargo, el IRS aún prefiere la consolidación, y a menudo te instará a combinar los pagos o disolver el plan de una entidad.
2. Divorcio Con Pasivos Separados
Si tú y tu ex cónyuge deben impuestos atrasados, y el IRS divide formalmente la deuda debido a un decreto de divorcio o alivio al cónyuge perjudicado, podrían permitirse acuerdos separados.
Cuando funciona:
- Presentaron una declaración conjunta en el pasado.
- El tribunal asigna a cada uno la responsabilidad de diferentes partes de la deuda.
- Presentan solicitudes por separado bajo sus propios SSN.
Necesitarás documentación. Y el IRS aún podría intentar cobrar en conjunto a menos que todo esté legalmente separado y resuelto.
La mayoría de los contribuyentes necesitan consolidar todos los saldos pendientes en un único acuerdo actualizado. Si ignoras una nueva deuda mientras tienes un plan, el IRS puede cancelar todo el arreglo y reiniciar el cumplimiento, incluido el embargo de sueldo.
Entonces, si estás lidiando con múltiples deudas, actúa rápido. Cuanto más esperes, menos opciones tendrás.
Qué Hacer si No Son Posibles Múltiples Acuerdos de Pago del IRS
Entonces, no puedes tener dos planes de pago del IRS por separado. ¿Ahora qué? No es necesario preocuparse. Todavía tienes opciones.
- Consolidar tus Deudas del IRS en un Único Acuerdo de Pago
Tu primer paso puede ser actualizar el acuerdo actual. Esto se llama consolidación, y simplemente significa combinar todos tus saldos impagos en un pago mensual.
El IRS recalculará lo que debes y ajustará tus términos de pago según tu deuda total y lo que puedas pagar. Esto te mantiene protegido de las acciones de cumplimiento, como embargo de sueldo o gravámenes bancarios, siempre y cuando te mantengas al día.
- Oferta en Compromiso del IRS (OIC): Negociar una Deuda Menor
Podrías calificar para una Oferta en Compromiso. Aquí, el IRS accede a saldar tu deuda por menos de lo que debes. No es fácil de aprobar, pero es posible si puedes demostrar que:
- Pagar la cantidad total causaría dificultades financieras graves
- Has presentado todas las declaraciones de impuestos requeridas
- No estás en un caso de bancarrota abierta
Deberás presentar información financiera detallada, y el proceso puede llevar varios meses. Pero para quienes califican, puede ser un verdadero salvavidas.
Estado de No Cobrabilidad Actual (CNC): Pausar Temporalmente las Cobranzas del IRS
Si estás pasando por un momento difícil (como pérdida de empleo, problemas médicos o un gran contratiempo financiero), podrías ser elegible para el Estado de No Cobrabilidad Actual.
Esto no elimina tu deuda tributaria, pero pausa todos los esfuerzos de cobro del IRS, incluidos embargos y gravámenes. Aún deberás el saldo, y los intereses seguirán acumulándose, pero te da espacio para recuperarte sin presión adicional.
Para calificar, deberás demostrar al IRS que realmente no puedes pagar nada en este momento. Y sí, querrán pruebas: ingresos, gastos y posiblemente registros bancarios.
Riesgos de Ignorar Deudas Fiscales Adicionales del IRS
- Sin una orden judicial, el IRS puede embargar tus salarios. Si tienen sospechas, podrían comenzar a tomar una parte de tu sueldo directamente de tu empleador.
- Si debes al IRS y lo ignoras, podrían colocar un gravamen fiscal federal en tu casa, vehículo u otros activos. Esto no significa que se llevarán tu casa mañana. Pero significa que tienen un reclamo legal sobre ella.
- La deuda con el IRS no desaparece. Sigue creciendo. Con el tiempo, puede impedir préstamos, retrasar la compra de una vivienda y mantenerte atrapado en el limbo financiero durante años.
Por Qué la Ayuda Profesional Puede Ser Beneficiosa
Ya sea que estés revisando un acuerdo existente o comenzando desde cero, el IRS tiene opciones. Pero esas opciones desaparecen si te demoras. Si no estás seguro por dónde empezar, la ayuda profesional está a solo una llamada de distancia.
¿Luchando con múltiples deudas fiscales? Obtén una consulta gratuita ahora.
¿Puedo negociar un nuevo acuerdo de cuotas si ya tengo uno?
Sí, pero probablemente necesitarás modificar tu acuerdo existente en lugar de abrir uno nuevo. El IRS suele consolidar toda la deuda en un solo plan.
¿Cuánto tiempo tarda el IRS en aprobar cambios en un acuerdo de cuotas?
Puede tomar desde unos días hasta varias semanas, dependiendo del método que utilices y si se requieren documentos financieros.
¿Qué sucede si incumplo mi acuerdo de cuotas con el IRS?
El IRS puede reintegrar penalidades, cobrar más intereses y reanudar cobros agresivos como el embargo de salarios o embargos.
¿Hay penalidades por establecer múltiples acuerdos de cuotas?
Generalmente no puedes tener más de uno a la vez. Intentar acumularlos o no actualizar tu plan existente puede provocar incumplimiento y penalidades adicionales.
¿Cómo establezco un plan de pagos con el IRS?
Puedes solicitarlo en línea, por teléfono, por correo o a través de un profesional en impuestos. Para la mayoría de las personas que deben $50,000 o menos, la forma más rápida es la herramienta de Acuerdo de Pago en Línea del IRS. Está disponible en el sitio web del IRS y tarda unos 30 minutos si tienes todo listo. Si tu deuda es mayor o tu situación es más compleja, necesitarás presentar el Formulario 9465 y posiblemente el Formulario 433-F o el 433-A, dependiendo de tus finanzas. Si todo esto te resulta complicado, contáctanos, podemos aclarar todos los detalles y encontrar la mejor solución para tu caso.